Acuerdo Marco

Acuerdo Marco

El órgano de gobierno de UNOPS es su Junta Ejecutiva, integrada por 36 estados miembros de la ONU que rotan periódicamente.

La Junta supervisa sus actividades y normas para la rendición de cuentas y políticas de supervisión.

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Supervisión

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    Grupo de Auditoría Interna e Investigaciones.

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    Comité Asesor de Auditoría.

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    Junta de Auditores de las Naciones Unidas, cuya responsabilidad es ejercida por la Contraloría.

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    General de Cuentas de un país miembro que rota cada 4 años.

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    Dependencia Común de Inspección de la ONU, que es un órgano de supervisión externo e independiente de la ONU.


Política de Recuperación de Costos

UNOPS es una entidad autofinanciada, pues no cuenta con un presupuesto regular aportado por los Países Miembros y no representa un gasto fijo para la ONU.

Su presupuesto y fondo de reserva son procedentes de la recuperación de costos de los servicios que brinda.


Procesos públicos

  • Los procesos liderados por UNOPS son divulgados en las plataformas institucionales de la organización, así como de la ONU y a través de los portales web de las instituciones públicas de los Estados. De igual forma, son publicados ampliamente a nivel nacional e internacional.
  • Toda la documentación de las licitaciones, expedientes técnicos y contratos (bases, aclaraciones, informe de evaluación, propuestas, etc.) es compartida con las contrapartes nacionales y es de conocimiento público.
  • Se trata de preserva el principio de adecuada competencia entre los distintos oferentes, al mismo tiempo que la agilidad de los procesos licitatorios para asegurar los objetivos de desarrollo, conforme a las normas que rigen las actividades de UNOPS, a nivel mundial.
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Consideraciones Legales

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    El Acuerdo consta de diversas partes

    Consta de una parte considerativa y de XVII artículos. El Artículo III de dicho acuerdo define los ámbitos de cooperación que cubre la realización de servicios de gestión de todo tipo de proyectos; así como las modalidades y condiciones del Gobierno y de UNOPS respecto de la provisión de fondos, suministros, equipos y servicios o la prestación de otra asistencia técnica.

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    Un Canje de Notas entre el Gobierno y UNOPS

    De forma complementaria al Acuerdo Marco, se estableció un Canje de Notas entre el Gobierno de Guatemala y UNOPS, para la supresión del numeral 3 del artículo X y el artículo XI del Acuerdo, celebrado con fechas 23 de abril de 2010 y 5 de mayo de 2010.

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    Decreto 26-2011

    Tanto el Acuerdo Marco como el Canje de Notas fueron aprobados por Decreto 26-2011 del Congreso de la República, publicado en el diario oficial del 12 de diciembre de 2011 y entró en vigencia el 20 de diciembre de 2011, fecha a partir de la cual ambos convenios ingresaron a formar parte integrante del ordenamiento jurídico guatemalteco.

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    Artículo XVII.1

    Los Acuerdos mencionados se pactaron para “un tiempo indefinido” (Artículo XVII.1), el cual se encuentra vigente a la presente fecha.

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    Un tratado Internacional

    El Acuerdo Marco, por tratarse de un tratado internacional, trasciende el ámbito del derecho interno guatemalteco y se rige conforme a las normas de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, ratificada por Guatemala (Decreto 55-96 del Congreso de la República).

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    Respeto al Convenio

    En tal virtud, el Gobierno de Guatemala está obligado a respetar el Convenio al ser un tratado internacional y sus disposiciones tienen efecto y aplicación vinculante.